martes, 15 de julio de 2008

Proyecto "comunitario"




La real academia de la lengua española en avance de la 23º edición define:

proyecto como Planta y disposición que se forma para la realización de un tratado, o para la ejecución de algo de importancia. Y a comunitario como Perteneciente o relativo a la comunidad.

Por lo que podemos intuir el proyecto comunitario es es la ejecución de un plan que tiene que ver con la comunidad. Pero la ley de servicio comunitario dice:

Artículo 1
Objeto
La presente Ley tiene como objeto normar la prestación del servicio comunitario del estudiante de
educación superior, que a nivel de pre grado aspire al ejercicio de cualquier profesión.

Artículo 2
Principios
Esta Ley se regirá por los principios constitucionales de solidaridad, responsabilidad social, igualdad,
cooperación, corresponsabilidad, participación ciudadana, asistencia humanitaria y alteridad.

Artículo 3
Ámbito de Aplicación
La prestación del servicio comunitario, tendrá su ámbito de aplicación en el área igualdad, cooperación, corresponsabilidad, participación ciudadana, asistencia humanitaria y alteridad.


Entonces es la prestación de un servicio en la comunidad por parte de los estudiantes de educación, de carácter obligatorio, sin la posibilidad de retribución monetaria ni académica. Por lo que como todos somos venezolanos de buen corazón vamos a ir a las comunidades a ayudarlos con sus problemas sin esperar nada a cambio. Me parece muy buena iniciativa, pero (como siempre un pero), la prestación del servicio tiene una duración de 120 hora "académicas" distribuidas en un periodo no menor a 3 meses. Entonces, a parte de nuestras obligaciones académicas tenemos éstas.

Estoy de acuerdo con eso (aunque parezca sarcasmo no lo es), pero no estoy de acuerdo con que sea obligatorio y sin ningún tipo de remuneración, además en algunas universidades (como la UNET) no cuenta dentro de las 120 horas el análisis previo que el estudiante tiene que ir a hacer en la comunidad para "conocer" los problemas de ésta. Además en la UNET las horas académicas son de 60 minutos y no de 45 minutos como en la mayoría de las universidades.

Entonces tenemos que prestar un servicio obligatorio, no remunerado, de 120 horas de 60 minutos sin contar las horas previas de análisis. Además de esto este proyecto debe ser presentado ante comisión para ser evaluado, pudiendo pasar que el proyecto sea rechazado de una vez, y por lo tanto todo el tiempo invertido sería perdido, o que tenga que ser modificado y presentado de nuevo, de ser rechazado también se perdería lo hecho.

Como venezolanos debemos proponernos proyectos para ayudar a la comunidad, sin necesidad de que sean obligatorios. Pero ¿están ustedes de acuerdo con la ley de Proyecto Comunitario?